Calendario fiscal 2026 para autónomos y PYMES

Calendario fiscal de 2026 en España para empresas y autónomos

Tener el calendario fiscal 2026 bajo control no es solo una cuestión de cumplir con la Agencia Tributaria; es una herramienta de supervivencia básica para cualquier negocio. Si eres autónomo o gestionas una PYME, saber exactamente cuándo te toca rendir cuentas con Hacienda te permite planificar tu liquidez, evitar recargos absurdos por presentar fuera de plazo y, sobre todo, dormir mucho más tranquilo.

Este año trae algunas particularidades en las fechas, principalmente porque varios de los días límite tradicionales caen en fin de semana, lo que empuja el plazo al siguiente día hábil. Además, la entrada en vigor de nuevas normativas sobre facturación electrónica hace que este ejercicio sea especialmente sensible. A continuación, vamos a desglosar el año tributario paso a paso, mes a mes, para que puedas organizarte sin sorpresas.

Fechas clave del año fiscal 2026

Para que tengas una visión global y rápida antes de entrar al detalle, aquí tienes una tabla resumen con los hitos más importantes que van a marcar el ritmo financiero de tu negocio durante este año. 

MesObligación principalModelos más habitualesFechas límite destacadas
EneroCierre del 4º trimestre de 2025 y resúmenes anuales111, 115, 130, 131, 303, 39020 y 30 de enero
FebreroOperaciones con terceros (> 3.005,06 €)3472 de marzo (el 28 cae en sábado)
MarzoBienes y derechos en el extranjero72031 de marzo
Abril1er trimestre 2026, inicio de la Renta y 1er pago IS111, 115, 130, 303, 202, 10020 de abril
JunioFin de la campaña de la Renta 2025100, 71425 (domiciliación) y 30 de junio
Julio2º trimestre 2026 e Impuesto de Sociedades111, 115, 130, 303, 20020 y 27 de julio (el 25 es sábado)
Octubre3er trimestre 2026 y 2º pago IS111, 115, 130, 303, 20220 de octubre
NoviembreSegundo plazo de la Renta (si se fraccionó)1025 de noviembre
Diciembre3er pago IS y planificación del año siguiente202, 036, 03721 de diciembre (el 20 es domingo)

Enero

Enero siempre es un mes intenso en las asesorías porque toca liquidar el último trimestre del año anterior (2025) y, además, presentar los resúmenes anuales. Es el momento de cuadrar todo lo que no se haya ajustado durante los meses previos. Tienes dos grandes fechas límite: 

  • Hasta el 20 de enero: Hay que presentar las retenciones de IRPF.  Esto incluye el modelo 111 (trabajadores y profesionales autónomos) y el modelo 115 (alquileres de locales y oficinas).  También el 123 si tienes retenciones de capital mobiliario.
  • Hasta el 30 de enero: Llega el turno del IVA y los pagos fraccionados de IRPF. Toca presentar el modelo 303 (cuarto trimestre de IVA), su temido resumen anual (modelo 390), y los modelos 130 o 131 (pago fraccionado de IRPF para autónomos en estimación directa u objetiva). Si operas a nivel europeo, también debes presentar el modelo 349.

Si vas a domiciliar el pago para que Hacienda te lo cobre directamente en el banco, los plazos se acortan cinco días. Tenlo muy en cuenta.

Febrero

Febrero es el mes del modelo 347, la declaración anual de operaciones con terceros. Aunque es un modelo informativo y no toca pagar nada, es uno de los que más dolores de cabeza genera. Aquí debes declarar a todos los clientes y proveedores con los que hayas superado la cifra de 3.005,06 euros (IVA incluido) durante todo el año 2025.

Lo complicado de este modelo es que tu información tiene que cuadrar exactamente con la que presenten tus proveedores o clientes. Si tú dices que le has comprado 4.000 euros a un proveedor y él declara que te ha vendido 3.500, saltará una alarma en Hacienda. Habitualmente el plazo acaba el 28 de febrero. Sin embargo, como el 28 de febrero de 2026 cae en sábado, el plazo oficial se extiende hasta el lunes 2 de marzo.

Abogados ayudando con el calendario fiscal a autonomo

Marzo

Marzo es un mes de transición para la mayoría de las pymes y autónomos, pero tiene una fecha crítica si tienes patrimonio fuera de España.

  • Hasta el 31 de marzo: Finaliza el plazo para presentar el modelo 720. Esta es la declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero (cuentas bancarias, valores, inmuebles) si superas los 50.000 euros en alguna de sus categorías. La normativa aquí es muy estricta, así que no lo dejes pasar si es tu caso.

Abril

Abril marca el inicio del primer cierre trimestral del año en curso y el pistoletazo de salida de la campaña de la Renta.

  • Hasta el 20 de abril: Tienes que liquidar el primer trimestre de 2026. Vuelven los modelos habituales: 111, 115, 130, 131 y 303. Además, si tienes una sociedad mercantil, te tocará presentar el modelo 202, que es el primer pago fraccionado del Impuesto de Sociedades del año.
  • 8 de abril: Se abre oficialmente el plazo para presentar por internet la Declaración de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio 2025 (modelo 100 y 714).

Junio

Junio es el mes de rematar la faena con tu IRPF personal. Si la declaración de la renta te sale a devolver, cuanto antes la presentes, antes cobrarás. Pero si te sale a pagar, muchos contribuyentes apuran hasta este mes.

  • 25 de junio: Es el último día para presentar la Renta si el resultado es a ingresar y quieres domiciliar el pago en tu cuenta bancaria.
  • 30 de junio: Fin definitivo de la Campaña de la Renta 2025 por cualquiera de sus vías (presencial, telefónica o internet). Si se te pasa esta fecha, te enfrentarás a recargos.

Julio

Justo antes de las vacaciones de verano, el calendario fiscal 2026 exige un último esfuerzo. Se junta el cierre del segundo trimestre con el ajuste de cuentas de las sociedades.

  • Hasta el 20 de julio: Presentación de los impuestos del segundo trimestre (modelos 111, 115, 130, 303, etc.).
  • Hasta el 27 de julio: Esta es una de las peculiaridades de 2026. El Impuesto de Sociedades (modelo 200) se presenta históricamente hasta el 25 de julio para aquellas empresas cuyo ejercicio coincida con el año natural. Como el 25 de julio cae en sábado, la fecha límite se traslada al lunes 27 de julio. Es el momento de liquidar los beneficios que obtuvo tu empresa en 2025.

Octubre

Después de un agosto y septiembre habitualmente tranquilos a nivel de impuestos periódicos estatales, octubre nos devuelve a la rutina trimestral.

  • Hasta el 20 de octubre: Presentación del tercer trimestre del año (IVA, retenciones, IRPF fraccionado). Además, las empresas tienen que afrontar el segundo pago fraccionado del Impuesto de Sociedades (modelo 202). Evalúa bien la liquidez de tu tesorería durante septiembre para que este pago no te pille a pie cambiado. 

Noviembre

Noviembre es un mes clave para aquellos autónomos y particulares que decidieron aplazar el pago de su declaración de la renta.

  • Hasta el 5 de noviembre: Se realiza el cobro del segundo plazo de la Renta 2025 (modelo 102). Si en junio elegiste la opción de fraccionar el pago en dos veces (60% primero y 40% después), asegúrate de tener saldo suficiente en la cuenta bancaria en esta fecha, porque Hacienda pasará el recibo automáticamente.

Diciembre

El año fiscal se cierra preparando el terreno para el siguiente.

  • Hasta el 21 de diciembre: Las empresas deben presentar el tercer y último pago fraccionado del Impuesto de Sociedades (modelo 202). Como el día 20 cae en domingo, el plazo se alarga hasta el lunes 21.
  • Hasta el 31 de diciembre: Es el momento de tomar decisiones estratégicas. Tienes hasta fin de año para presentar los modelos 036 o 037 si quieres comunicar renuncias o cambios en regímenes de IVA o IRPF (por ejemplo, pasar de módulos a estimación directa) de cara a 2027. También es el límite para realizar gastos deducibles o inversiones que te ayuden a rebajar la factura fiscal del año que termina.

Checklist fiscal 2026 para PYMEs y autónomos

La mejor manera de no fallar ante Hacienda es establecer rutinas internas en tu negocio. Te dejo un pequeño checklist que deberías revisar la última semana de cada mes que antecede a un cierre trimestral (marzo, junio, septiembre y diciembre):

  • Revisa la correlación de tus facturas: Asegúrate de que no hay saltos en la numeración de las facturas emitidas. Es uno de los primeros detalles en los que se fija una inspección.
  • Agrupa los tickets y facturas de gasto: No esperes al día 18 del mes de presentación. Si usas un software de escaneo, sube los gastos semanalmente.
  • Conciliación bancaria al día: Comprueba que todos los movimientos de la cuenta del banco de la empresa tienen su correspondiente factura o justificación.
  • Control de certificados digitales: El certificado FNMT caduca cada cierto tiempo (generalmente 2 o 4 años, dependiendo del tipo). Revisa su fecha de validez para que no caduque en pleno cierre trimestral, dejándote sin poder firmar los modelos.
  • Provisión de fondos: Si prevés que el trimestre ha sido muy bueno y el IVA a pagar va a ser alto, aparta ese dinero en una subcuenta. Ese IVA no es tuyo, es de Hacienda; no lo uses para financiar circulante.

Novedades del calendario fiscal de 2026

El 2026 viene marcado por la consolidación de la digitalización fiscal y la entrada en vigor de normativas muy esperadas (y temidas) por el tejido empresarial. La gran protagonista del año es la facturación electrónica obligatoria impulsada por la Ley Crea y Crece y el reglamento de desarrollo (Real Decreto 254/2025). Durante 2026, la obligación entra en vigor de forma escalonada:

  • Desde el 1 de enero de 2026, las entidades jurídicas sujetas al Impuesto sobre Sociedades (y que no estuvieran ya en el sistema SII) deben empezar a operar con facturas electrónicas verificables.
  • A partir del 1 de julio de 2026, esta obligación se extiende a todos los autónomos y resto de profesionales.

Si aún generas tus facturas en Word o en Excel, este es el año límite para migrar a un software homologado. Además, en el terreno de los modelos informativos, la Agencia Tributaria introduce el nuevo modelo 170, destinado a la declaración de operaciones realizadas con tarjetas de crédito, débito y pagos asociados a dispositivos móviles. También desaparece el modelo 291 para integrarse en el nuevo modelo 196 de declaración mensual de cuentas financieras. El cerco sobre los movimientos de dinero electrónico se estrecha, por lo que la pulcritud contable es más importante que nunca.

Por otro lado, te recomendamos que revises las deducciones autonómicas en Andalucía para ahorrar todavía más en los meses clave de este calendario fiscal. Además, esto te sirve tanto como particular como profesional.

Preguntas frecuentes sobre el calendario fiscal 2026

¿Cuándo hay que presentar las retenciones del cuarto trimestre de 2025?

Las retenciones practicadas a trabajadores, profesionales o arrendadores durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2025 deben presentarse y pagarse entre el 1 y el 20 de enero de 2026 (modelos 111 y 115).Recuerda que, además de la declaración trimestral, enero es el mes para presentar sus respectivos resúmenes anuales (modelos 190 y 180).

¿Cuándo hay que presentar el impuesto de sociedades de 2025?

La regla general de Hacienda establece que el modelo 200 debe presentarse dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del período impositivo.Si tu empresa cierra el ejercicio el 31 de diciembre de 2025 (como la inmensa mayoría), el plazo natural sería del 1 al 25 de julio de 2026.No obstante, como hemos comentado antes, el 25 de julio de 2026 cae en sábado.Por lo tanto, el último día de presentación se traslada automáticamente al siguiente día hábil: el lunes 27 de julio de 2026.

¿Cuáles son las fechas del pago fraccionado del impuesto de sociedades?

Si tu empresa tiene la obligación de presentar el modelo 202 para adelantar parte del Impuesto de Sociedades del ejercicio en curso (2026), debes marcar en rojo estas tres ventanas en tu calendario:

  • Primer pago: Del 1 al 20 de abril de 2026.
  • Segundo pago: Del 1 al 20 de octubre de 2026.
  • Tercer pago: Del 1 al 21 de diciembre de 2026 (se extiende un día porque el 20 es domingo).

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